Diccionario de seguros

anualidad prorrogable (renewable annually)

Expresión indicativa de que al término del periodo inicial de doce meses de la póliza, esta se renovará tácitamente durante las sucesivas anualidades, salvo que alguna de las partes manifieste lo contrario en la forma y plazos que establezcan las pólizas, de acuerdo con la normativa vigente.