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Diccionario de seguros

Consorcio de Compensación de Seguros (Consortium for compensation of risk and insurance)

El Consorcio de Compensación de Seguros se constituye como una entidad pública empresarial, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, dotada de patrimonio distinto al del Estado, que ajustará su actividad al ordenamiento jurídico privado. En la actualidad desempeña cometidos fundamentalmente en los siguientes campos:

  • Cobertura de los riesgos extraordinarios sobre las personas y los bienes.
  • Seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.
  • Fondo de garantía.
  • Cobertura de la responsabilidad civil en la circulación de vehículos de organismos públicos que lo soliciten.
  • Cobertura de la responsabilidad civil de vehículos de particulares no aceptados por las entidades aseguradoras.
  • Gestión de Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA).
  • Organismo de información (4ª Directiva).
  • Registro de representantes de entidades aseguradoras (4ª Directiva).
  • Seguros agrarios combinados.
  • Liquidación de entidades aseguradoras.
  • Administración y gestión del Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización de la economía española.
  • Cobertura en el seguro de riesgos nucleares.
  • Gestión del registro de los seguros obligatorios existentes en España.
  • Recopilación y suministro de la información, desagregada por términos municipales, relativa a la cobertura del seguro de incendio y elementos naturales.
  • Administración y gestión del Fondo de compensación de daños medioambientales.
  • Prevención y reducción de siniestros.