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Diccionario de seguros

devolución de excedente (return of surplus)

Participación de los mutualistas en el beneficio económico de cada ejercicio en una mutualidad, una vez atendidas las obligaciones estatutarias relativas a la constitución de reservas patrimoniales y fondo de desviaciones técnicas. El importe de dicha participación es acordado anualmente por la junta general de mutualistas y suele consistir en una reducción del importe de la cuota o prima del próximo recibo anual. Véase también cuota y derrama.