Diccionario de seguros

indisputabilidad (incontestable clause; noncontestability clause)

Circunstancia que con carácter específico se manifiesta en las pólizas de  seguro de vida, en virtud de la cual no pueden perjudicar al asegurado las  omisiones o reticencias que, sin mala fe, haya tenido al efectuar la  declaracion de seguro en base a la cual se ha emitido y formalizado la póliza.  Normalmente, en todas las modalidades de seguro, las omisiones del asegurado  en la declaration de riesgo a la aseguradora (aun la omisión de buena fe)  pueden perjudicarle si, al producirse el siniestro, se demuestra que el riesgo  no coincidía con el previamente manifestado por el contratante, y en su virtud  la aseguradora podrá rehusar la liquidación de la indemnización, alegando esa  falsedad; sin embargo, esta situación no perjudica al asegurado por póliza de  vida, salvo si se demuestra que el propio asegurado conocía la circunstancia  que conscientemente dejó de declarar.  Sinónimo de incontestabilidad