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Diccionario de seguros

planes de pensiones asociados (group pension plans)

Son aquellos promovidos por asociaciones, colectivos y sindicatos que deben estar legalmente constituidos con fines u objetivos comunes y distintos del propósito de configurar un plan de pensiones. Los partícipes de estos planes serán los asociados, miembros y afiliados pertenecientes a ellas y las aportaciones correrán a su exclusivo cargo, no existiendo aportación de la entidad promotora.

         

Los derechos consolidados podrán movilizarse total o parcialmente a otro plan de pensiones por decisión unilateral del partícipe (o por la pérdida de la condición de asociado) de forma similar a los planes individuales. Los derechos económicos de los beneficiarios también podrán movilizarse siempre que no se cambien las condiciones de la prestación.