Diccionario de seguros

prorrata (pro-rata)

En general, reparto de una cantidad en proporción a otra magnitud. Proporción  que se establece para obtener la prima de un contrato de seguro en base a los  días de duración del mismo. Si, por ejemplo, se supone un contrato de 10 días  de duración y cuya prima anual, atendidas las características del riesgo,  fuera de 100 euros, la prima prorrata sería el resultado de dividir esa  cantidad por los 365 días del año y multiplicarla por los 10 días de duración  del contrato. Así, 100/365 por 10 = 2,74 euros. No obstante, en los contratos  temporales de duración inferior a un año, no se suele aplicar la prima a  prorrata, en sentido estricto, ya que normalmente su importe no compensa la  probabilidad de ocurrencia del riesgo durante ese período de duración, debido  a que las primas están actuarialmente calculadas para coberturas de riesgo  durante anualidades enteras. En este tipo de contratos, la prima aplicable  suele basarse en una escala prefijada, en la que a distintos períodos de  tiempo corresponden diversos porcentajes de prima anual, con lo que se obtiene  una prima superior a la que se conseguiría mediante el sistema de prorrateo.  P. ej.:

         

Duración % de la prima del contrato anual

         

Hasta 15 días 20%

         

De 15 días a 1 mes 30%

         

De 1 mes a 3 meses 50%

         

De 3 a 6 meses 70%

         

De 6 a 9 meses 80%

         

De 9 a 12 meses 100%