Las no trabajadas en la jornada ordinaria, por diferentes causas que deberán ser recuperadas por el trabajador en jornadas sucesivas al ritmo establecido por la legislación o convenido entre los trabajadores y el empresario.
Las no trabajadas en la jornada ordinaria, por diferentes causas que deberán ser recuperadas por el trabajador en jornadas sucesivas al ritmo establecido por la legislación o convenido entre los trabajadores y el empresario.