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¿Cómo puedo confirmar si realmente se trata de acoso escolar y no de un conflicto puntual?
En líneas generales el acoso no es una agresión puntual, el acoso es una conducta agresiva que la víctima sufre con frecuencia. Cuando hablamos de acoso presencial o cara-a-cara, hacemos referencia a la conductas agresivas verbales (le ponen motes, insultan, le dicen frases desagradables sobre su persona…), conductas de exclusión social (no le dejan participar, le excluyen, cuentan mentiras o falsos rumores sobre la víctima para que sea rechazada por otros…), conductas agresivas psicológicas (dirigidas a minar la autoestima, a crearle inseguridad y miedo, le amenazan, chantajean, se ríen de la víctima, la humillan…). Es violencia mantenida física y mental, en la que habitualmente hay intencionalidad de hacer daño por parte de los agresores/as, crueldad de hacer sufrir a la víctima, y suele haber una desigualdad de poder entre la víctima y los agresores/as (desigualdad física, verbal o psicológica). Estas conductas agresivas se repiten con frecuencia (no es una agresión puntual), existe una relación de dominio-sumisión del agresor/a o agresores/as hacia la víctima que se mantiene en el tiempo.
Si hablamos de ciberacoso (utilizan las Tecnologías de la Relación, Información y la Comunicación-TRIC- para acosar/humillar/dañar a otro) cabe matizar el concepto de frecuencia de la agresión, ya que hay conductas que pudiendo realizarse una única vez, se pueden considerar ciberacoso. Por ejemplo, el happy slapping (paliza feliz), que consiste en agredir y/o humillar a la víctima, filmar y difundir el vídeo, este vídeo puede ser descargado y reenviado muchas veces, por lo que, aunque la conducta agresiva solo ha sido realizada por el agresor/es en una única ocasión, podemos considerarla ciberacoso. No obstante, y más allá de este matiz, para considerar ciberacoso suele tenerse en cuenta también que las conductas se repitan en el tiempo. Por ejemplo, le envían mensajes a través del móvil o del correo electrónico insultantes, desvalorizantes, amenazantes, intimidatorios; hacen llamadas de teléfono anónimas para atemorizar a la víctima, o llamadas para amenazarle, intimidarle, insultarle, desvalorizarle…; manipulan sus fotografías o vídeos para ridiculizarle o crear una imagen falsa de esa persona que distribuyen vía móvil o internet; le impiden participar en grupos de redes sociales; le roban la contraseña y suplantan la identidad de la víctima para realizar conductas que tengan efectos negativos para la misma; dan de alta la dirección del correo electrónico de la víctima en sitios web con la finalidad de que reciba continuamente SPAM; crean y difunden mentiras sobre la víctima para perjudicarla (falsos rumores, difamaciones); difunden información personal y confidencial (por ejemplo, sobre su orientación sexual); denigran o hablan mal de la víctima en una web, red social…; envían virus informáticos para manipular el ordenador de la víctima y robarle contenidos, usurparle la identidad. con el fin de perjudicarla, etc.
No obstante, lo habitual es que una víctima sufra diversidad de conductas de acoso y ciberacoso simultáneamente, y que, en general, estas conductas las padezca de forma frecuente, y durante mucho tiempo. El acoso en todas sus modalidades no es una agresión puntual producto de un conflicto puntual, es una agresión sistemática a una víctima indefensa.
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