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La ética en la derivación de casos. ¿A quién derivar clínicamente?

El profesorado se enfrenta con frecuencia a situaciones en las que han de atender a alumnado con diferentes tipos de necesidades educativas, incluidas aquellas que pueden estar relacionadas con algún tipo de desajuste o desorden psicológico. Los centros educativos disponen de profesionales que desarrollan sus funciones en el contexto de los departamentos de orientación o en los equipos de orientación educativa y psicopedagógica. Estos profesionales, adecuadamente coordinados con el tutor de los grupos pueden colaborar de manera eficaz en todos los procesos que puedan estar incursos en la atención educativa a estos alumnos y a las relaciones con su familia.

El papel que ha de desempeñarse en este tipo de situaciones está suficientemente tasado y ordenado por la normativa elaborada al efecto. En especial cuando los alumnos disponen ya de algún tipo de diagnóstico previo, así como de orientaciones para su atención en el contexto escolar.

No obstante, no es inhabitual encontrarse con circunstancias en las que determinados alumnos, incorporados a nuestras aulas sin diagnóstico o evaluaciones previas, muestran conductas desajustadas que, al menos, desde el punto de vista comportamental, llaman la atención por diferentes motivos; entre otros, por ejemplo, la presencia de conductas marcadamente disruptivas en el aula, la detección de un señalado malestar emocional o signos de tristeza o sufrimiento psicológico, bien observables en la actividad cotidiana, o bien, incluso, comunicadas de manera expresa y explícita por los alumnos a algún profesor.

Siempre en el contexto de acciones adecuadamente ordenadas y significadas por la discreción y la reserva y prudencia, tras el análisis sosegado, incluidas las posibles acciones ligadas a la acción tutorial con las familias y/o el propio alumno y la intervención de los profesionales de la orientación educativa antes citados, la reflexión sobre los pasos a dar, entre los que puede señalarse la valoración con los padres de, en su caso, posibles consultas a profesionales especializados de salud mental, ha de resaltarse de cuidar con esmero el mensaje a trasmitir y considerar que el sistema sanitario cuenta de manera expresa con una secuencia de acciones que están adecuadamente organizadas entre las que ha de primar, a todos los efectos, si queremos desarrollar la acción con la ética y prudencia exigibles, la atención primaria como primer eslabón del escalado continuidad de los cuidados que el sistema tiene definido.

Es en ese contexto, cuando no disponemos más que de observaciones y datos recogidos en el día a día y de, en su caso, las conclusiones a las que hayamos podido llegar tras conversar en entrevista específica con la familia, donde cobra especial importancia entender que es en ese espacio de la atención sanitaria más cercana, la primaria, donde los padres pueden iniciar el desarrollo de acciones subsiguientes, si así lo estiman los profesionales de este ámbito consultados.

Salvo situaciones excepcionales, que pudieran conllevar acudir a las urgencias de algún centro hospitalario, es muy importante evitar orientaciones que supongan un “salto” a otros dispositivos, sin habilitar, siempre con prudencia, la posible consulta de las familias al dispositivo de atención primaria. En ese contexto debe realizarse la primera evaluación1 y la hipotética derivación a los referidos servicios especializados. 

1 Martínez, C. y Pelaz, A. (2015) Salud mental. Qué y cuándo derivar y contener.

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