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¿Qué hago si un alumno me cuenta algo realmente grave y me pide que no se lo cuente a nadie?

Cuando un alumno menor de edad revela una situación grave —como mal-trato, abuso, ideación suicida o abandono— y pide que no se lo cuentes a nadie, se genera un dilema ético que interpela directamente al vínculo de confianza docente-alumno. Sin embargo, es fundamental entender que el deber de confidencialidad no puede anteponerse al deber de protección.

No es solo la LOMLOE la que respalda esta obligación. Tanto la Ley Orgánica 1/1996 de Protección Jurídica del Menor, como la reciente Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia frente a la violencia, y la normativa autonómica vigente (como en Madrid, el Decreto 168/2021), obligan a comunicar cualquier indicio de riesgo a los servicios competentes. Esto no significa “traicionar” al alumno, sino protegerle desde el cuidado profesional.

Ante estas situaciones, es clave acoger al alumno con escucha activa, calma y sin juicios. Agradecerle su confianza, validar su emoción y explicarle —con delicadeza— que, precisamente porque nos importa su bienestar, debemos buscar ayuda. Frases como “voy a acompañarte en esto” o “hay personas que pueden ayudarte mejor” son más adecuadas que “te prometo que no diré nada”.

Luego, es necesario informar al equipo directivo y al Departamento de Orientación, registrar los hechos con objetividad (sin interpretaciones), y activar el protocolo correspondiente (centro, servicios sociales, sanitarios o fuerzas de seguridad, según el caso).

En definitiva, proteger el vínculo no es guardar silencio, sino garantizar que el alumno no quede solo ante el daño. La confianza se honra acompañando con responsabilidad.

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