De conformidad con el artículo 16 del Reglamento (UE) nº 1094/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, por el que se crea una Autoridad Europea de Supervisión («Reglamento de la AESPJ»), la AESPJ procede a emitir unas directrices sobre la capacidad de absorción de pérdidas de las provisiones técnicas y los impuestos diferidos. (véase también EIOPA ( European Insurance and Occupational Pensions Authority ), sucesor del Comité de Supervisores Europeos de Seguros y Planes de Pensiones (CEIOPS).