Se suele llamar así, para distinguirla de la cartera temporal, al conjunto de operaciones de seguro que, por estar concertadas por años prorrogables, continuarán en vigor durante el ejercicio siguiente, salvo que sean anuladas previamente.
Se suele llamar así, para distinguirla de la cartera temporal, al conjunto de operaciones de seguro que, por estar concertadas por años prorrogables, continuarán en vigor durante el ejercicio siguiente, salvo que sean anuladas previamente.