En Derecho Internacional, aquella en virtud de la cual las ventajas concertadas por un país con otro se verán automáticamente mejoradas por las que, ulteriormente, cualquiera de los dos países otorgue a un tercero.
En Derecho Internacional, aquella en virtud de la cual las ventajas concertadas por un país con otro se verán automáticamente mejoradas por las que, ulteriormente, cualquiera de los dos países otorgue a un tercero.