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Diccionario de seguros

cobertura de primera respuesta informática (first computer response cover)

Cobertura básica de las pólizas cibernéticas que se extiende a amparar los gastos razonables y necesarios incurridos en las primeras 72 horas del conocimiento del incidente en concepto de honorarios del asesor de respuesta en la prestación de los servicios legales, del especialista tecnológico en la prestación de los servicios tecnológicos de primera respuesta o del consultor en relaciones públicas, si se considera necesario su activación por el asesor de respuesta o por el propio asegurador, que resulten de un uso ilegítimo de datos personales, un fallo de seguridad o un fallo de sistemas real o presunto.