Modalidad de cobertura del Pool Español de Riesgos Medioambientales, sujeta a que la misma se produzca de forma accidental y aleatoria; es decir, que sea extraordinaria y que no se haya generado de forma intencionada ni como consecuencia normal de la posesión de instalaciones o equipos al servicio de la actividad asegurada ni de un hecho previsto y consentido, ocurrido en el recinto en el que se desarrolla dicha actividad aunque se manifieste paulatinamente con posterioridad a un periodo de 120 horas desde el suceso iniciador