Diccionario de seguros

cosa juzgada (res judicata)

Recibe en Derecho, el nombre de cosa juzgada cualquier asunto que luego de haber sido objeto de resolución por parte de los organismos judiciales competentes, haya llegado a una resolución (sentencia) por parte de los jueces de última instancia, lo que no permite que entre la mismas partes y por idéntico objeto la cuestión controvertida sea objeto de un nuevo juzgamiento. Efecto que adquieren las cuestiones resueltas mediante sentencia   judicial firme.