La que procedente de un país extranjero está autorizada para operar en seguros en el propio país. De acuerdo con la legislación española, el Ministerio de Economía y Hacienda podrá conceder autorización y subsiguiente inscripción en el registro especial a entidades aseguradoras extranjeras para establecer delegaciones en España siempre que cumplan determinadas condiciones especificadas en la Ley.