Diccionario de seguros

derecho positivo (positive law)

Conjunto de normas jurídicas vigentes en un momento determinado, aplicables a los casos que lo requieran con la garantía del Estado. Es categoría contrapuesta al derecho natural (véase) que, aunque aplicable, no forma parte del ordenamiento jurídico, ya que podría decirse que mientras el derecho natural es un derecho en potencia, el derecho positivo es un derecho en vigencia y actualidad.