Diccionario de seguros

domicilio fiscal (tax residence; tax domicile)

Es el lugar de localización del obligado tributario en sus relaciones con la Administración Tributaria. Según la Agencia Tributaria española:

  • Para las personas físicas, el domicilio fiscal será el lugar donde tenga su residencia habitual. A efectos de notificaciones, podrán designar un domicilio preferente, siempre que radique en territorio español. Las personas residentes en el extranjero, el domicilio fiscal será el domicilio del representante que haya designado en territorio español.
  • Para las personas jurídicas, el domicilio fiscal es el lugar en el que se ubique la dirección y gestión de la empresa. Normalmente coincide con el domicilio social.
  • Para las personas jurídicas residentes en el extranjero, si tienen establecimiento permanente en el territorio nacional, el domicilio fiscal será el lugar en el que se establezca la dirección y gestión de la empresa; si no tiene establecimiento permanente en España, el domicilio fiscal será el de su representante en territorio nacional.
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