Son las acciones u omisiones voluntarias y antijurídicas tipificadas en las leyes de naturaleza fiscal y en los reglamentos de cada tributo.
Pueden ser «de defraudación» (si pretenden ocultar la realización del hecho imponible o el valor de las bases imponibles); «de omisión» (cuando tal ocultación, total o parcial, se efectúa mediante declaraciones o liquidaciones falsas o inexactas o no presentando las mismas); y «simples» (declaraciones fuera de plazo, incumplimiento de obligaciones contables, obstrucción a la investigación, etc.).