Incumplimiento del deber de prestar ayuda, sin riesgo propio o de tercero, a la persona desamparada que se halle en peligro manifiesto y grave.
Se considera agravada esta conducta omisiva cuando su autor es también el causante del daño.
Incumplimiento del deber de prestar ayuda, sin riesgo propio o de tercero, a la persona desamparada que se halle en peligro manifiesto y grave.
Se considera agravada esta conducta omisiva cuando su autor es también el causante del daño.