Emplazamientos en la costa que sirve de refugio y lugar de operaciones para las embarcaciones; comprende las construcciones portuarias permanentes más alejadas de la costa que formen parte integrante del sistema portuario y cuyas aguas, encerradas por una línea de base recta trazada en su bocana, se califican como aguas interiores.
Conjunto de espacios terrestres, aguas marítimas e instalaciones que, situado en la ribera de la mar o de las rías, reúna condiciones físicas, naturales o artificiales y de organización que permitan la realización de operaciones de tráfico portuario, y sea autorizado para el desarrollo de estas actividades por la Administración competente.
Diccionario de seguros