Genéricamente, medio de impugnación no devolutivo por el que se pretende la revocación de una resolución judicial, bien sea diligencia de ordenación, decreto, providencia, o auto no definitivo.
Medio de impugnación ordinario, no devolutivo y que carece de efecto suspensivo, que cabe interponer contra las diligencias de ordenación y decretos del secretario judicial, y contra las providencias y autos no definitivos del tribunal, siendo resuelto por el mismo secretario judicial o el tribunal que lo dictó, mediante resolución que reviste la forma de decreto (si se interpuso contra una resolución del secretario judicial), o de auto (si se interpone contra resolución judicial).
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