De acuerdo con la legislación española de seguros, es el que lleva el Ministerio de Economía y Hacienda (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) para inscribir en él a las entidades sometidas a dicha legislación. Igualmente, se llevará registro de los corredores de seguros, de sociedades de correduría de seguros y sus altos cargos, de los peritos tasadores de seguros, de los comisarios de averías, de los liquidadores de averías y de los altos cargos; de los altos cargos de entidades aseguradoras; y de las organizaciones para la distribución de la cobertura de riesgos entre entidades aseguradoras o para la prestación de servicios comunes relacionados con su actividad y sus altos cargos. Los registros serán públicos. Véase entidad de seguros.