A los efectos de la legislación medioambiental, es el que presenta una o varias de las características peligrosas enumeradas en la legislación correspondiente, y aquél que pueda aprobar el Gobierno de conformidad con lo establecido en la normativa europea o en los convenios internacionales de los que España sea parte, así como los recipientes y envases que los hayan contenido.
Véase residuo
Diccionario de seguros