Aquel por el que se indemnizan los gastos en que hubiese incurrido el promotor de un evento (conciertos, encuentros deportivos, conferencias, etc.) que resultase cancelado o suspendido a causa de un hecho accidental como los siguientes: incomparecencia por enfermedad o fallecimiento de artistas, lluvia en espectáculos al aire libre, huelgas, prohibición gubernativa por luto nacional o epidemias, etc.Se encuadra dentro de los denominados Seguros de Contingencias.