Con anterioridad a la Ley Concursal española , situación en que se encontraba una empresa cuando expresamente reconocía que sus compromisos de pago de deudas excedía de sus posibilidades inmediatas para atenderlas.
Con anterioridad a la Ley Concursal española , situación en que se encontraba una empresa cuando expresamente reconocía que sus compromisos de pago de deudas excedía de sus posibilidades inmediatas para atenderlas.