Liquidación de las costas del proceso que practica el secretario judicial que haya actuado en el pleito, si se solicita, una vez firme la sentencia o el auto en que se hubiese impuesto la condena en costas.
Liquidación de las costas del proceso que practica el secretario judicial que haya actuado en el pleito, si se solicita, una vez firme la sentencia o el auto en que se hubiese impuesto la condena en costas.