Acto por el que se desplaza la posesión de la cosa objeto del negocio jurídico al adquirente.Puede ser, entre otras clasificaciones, «real o material» (si físicamente se entrega la cosa); «ficticia» (cuando a determinadas formas se les otorga los efectos de transmitir la propiedad); «simbólica» (si la entrega no es del bien sino del algo que lo representa: las llaves de un inmueble, p. ej.,); e «instrumental» (cuando la redacción de un documento o Escritura Pública equivale a la tradición).