Término de Derecho Marítimo que define el procedimiento habitual para regular la cuantía de la indemnización que debe satisfacer el asegurador del buque y/o su carga, según los daños sufridos por la ocurrencia de alguno o algunos de los riesgos cubiertos por la póliza de seguro. Véase avería, avería gruesa, avería particular y liquidación de averías.