Participación de los mutualistas en el beneficio económico de cada ejercicio en una mutualidad, una vez atendidas las obligaciones estatutarias relativas a la constitución de reservas patrimoniales y fondo de desviaciones técnicas. El importe de dicha participación es acordado anualmente por la junta general de mutualistas y suele consistir en una reducción del importe de la cuota o prima del próximo recibo anual. Véase también cuota y derrama.