Responsabilidad que surge en el ejercicio de una actividad que crea un riesgo previsible y significativo del daño, incluso aunque se emplee todo el cuidado debido en su ejercicio y no es objeto de uso común. La aplicación de la doctrina del riesgo en el ámbito de la responsabilidad civil exige que el daño derive de una actividad peligrosa que implique un riesgo considerablemente anormal. Se suele asimilar al concepto de resonsabilidad objetiva, sin tener conceptualmente la misma naturaleza.
Véase responsabilidad civil, responsabilidad civil contractual, responsabilidad civil cuasi-objetiva y responsabilidad extracontractual.
Diccionario de seguros