Empezamos el año 2021 con nuevas normas de circulación que forman parte del paquete de reformas legales que ha aprobado el Gobierno con el objetivo de reducir a la mitad el número de heridos y fallecidos en siniestros de tráfico durante la próxima década.
Para que conozcas esta nueva legislación, sepas lo que ha cambiado y puedas aplicarlo cuando utilices las vías públicas, te contamos todos los detalles:
Nuevos requisitos para obtener el permiso de conducir
Desde el 12 de noviembre de 2020 han cambiado los requisitos para la obtención del permiso de conducir y se han introducido algunas mejoras en las pruebas de capacitación necesarias para obtener dicho permiso.
- Se reduce la edad mínima exigible para conducir camiones de 21 años a los 18 años habiendo aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración.
- Se reduce también la edad mínima exigible para conducir autocares a 18 años, pero solo sin pasajeros y en un radio máximo de 50 km.
- Se amplía de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B para el transporte de mercancías, solamente cuando el incremento de la masa se deba a los nuevos sistemas de propulsión.
- Se especifican los equipos de protección obligatorios que tienen que llevar los aspirantes en las pruebas de destreza y de circulación para la obtención de los permisos de moto.
Se regula el uso de patinetes y vehículos de movilidad personal
Desde el 2 de enero de 2021, los vehículos de movilidad personal, entre los que se encuentran los patinetes, son considerados vehículos a todos los efectos y eso conlleva que sus conductores pasen a estar obligados a cumplir las mismas normas de circulación que el resto de conductores de vehículos.
La nueva norma considera que los patinetes son vehículos de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. De esta manera queda vedada, por un lado, su circulación por las aceras y, por otro, la circulación en vías interurbanas, travesías, así como en autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado y en túneles urbanos.
Sus usuarios están sometidos a las mismas normas sobre el consumo de alcohol y otras drogas que el resto de conductores y también tienen prohibido llevar auriculares puestos y hacer uso del móvil o de cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo.
Menos velocidad en las ciudades
A partir del 11 de mayo de 2021, cambian los límites genéricos de velocidad en todas las ciudades y travesías de España:
- En las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, el límite será de 20 km/h.
- En las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 30 km/h.
- En las vías de dos o más carriles por sentido de circulación, el límite seguirá siendo de 50 km/h.
Luces de emergencia V-16 para reducir el riesgo de sufrir un atropello
Antes de que finalice el primer trimestre de 2021, está previsto que el uso de la luz V-16 de emergencia sea obligatoria en los vehículos que circulen en España, aunque hasta el año 2024 todavía podrán utilizarse los triángulos de emergencia.
Las luces V-16 se colocan en el techo del coche permitiendo que, en caso de parada por avería o accidente, el vehículo sea mucho más visible al resto de conductores evitando impactos y atropellos.
Las sanciones por infracción, también a reforma
Se está tramitando la modificación de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial con el objetivo de aumentar los comportamientos seguros al volante y penalizar las infracciones, para lo que se incluyen, entre otras, las siguientes medidas:
- Se aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil.
- Se elevan de 3 a 4 los puntos que se detraen por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección. Además, se incluye como causa de sanción el mal uso de estos elementos porque las consecuencias negativas para la seguridad del conductor son las mismas.
- Se considerará infracción grave el uso de mecanismos de detección de radares o cinemómetros, lo que supondrá la sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos.
Además se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. Y también se regula la manera de recuperar los puntos del carnet.
Todas estas medidas están dirigidas a aumentar nuestra seguridad como usuarios de las vías públicas. Infórmate y tenlas en cuenta. Evitarás sanciones e incidentes.
Por un 2021 sin víctimas en las carreteras.