Diccionario de seguros

fe pública (authority to attest)

Autoridad legítima atribuida a notarios, escribanos, cónsules y secretarios de juzgados, tribunales y otros institutos oficiales, para acreditar fehacientemente que los documentos, hechos y actos que autorizan en debida forma son auténticos y ciertos, salvo prueba en contrario.