Diccionario de seguros

redescuento (rediscount)

Operación por la que una entidad financiera descuenta a otra entidad  financiera los efectos ya descontados por esta última.

         

Recibe también este nombre la operación de descuento  efectuada por un banco central sobre letras de cambio u otros efectos  mercantiles previamente descontados por cualquier otra entidad del sistema  bancario.

         

En España estas operaciones las efectúa el Banco de España.