Diccionario de seguros

cesión de derechos (assignment of rights)

  Estipulación que puede insertarse en una póliza de seguro de daños, mediante   la cual el asegurado cede a un tercero los derechos que le corresponderían en   caso de siniestro que afectase al objeto asegurado. La cesión se basa en que   el objeto asegurado constituye la garantía real de un crédito concedido por un   tercero a favor del tomador del seguro. Puede citarse, p. ej., el automóvil   adquirido mediante crédito concedido por una financiera o la vivienda comprada   a través de un préstamo bancario. En tanto el crédito no haya sido totalmente   amortizado, el asegurado cede a la entidad financiera o bancaria el derecho a   percibir las indemnizaciones por siniestros que afecten al vehículo o a la   vivienda, por un máximo del importe de los pagos pendientes en ese momento.