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Diccionario de seguros

inspector de producción de seguros (sales supervisor)

Persona vinculada laboralmente a una entidad de seguros cuya actividad profesional consiste fundamentalmente en la promoción de ventas.Por razón de las funciones que desarrolla, se diferencia esencialmente del mediador de seguros en que mientras la misión de este es la venta del seguro, la del inspector es la organización de las ventas, fomentando la producción a través de la organización de redes de mediadores o empleados productores. Contractualmente, también se diferencia del mediador en que mientras que el vínculo que une a este con la empresa es de carácter mercantil, sometido a la Ley de Mediación de Seguros Privados y al Código de Comercio, el del inspector es de carácter laboral, sometido a la legislación de trabajo.En cuanto a la forma de retribución, también se diferencia básicamente del mediador en cuanto que este recibe una compensación por sus servicios en forma de comisión, mientras que el inspector suele recibir una cantidad fija (sueldo), sin perjuicio de algunas otras retribuciones complementarias proporcionales a los resultados reales de su actividad.Las funciones básicas del inspector de producción de seguros son las siguientes:

  1. Venta de pólizas. Esta función puede presentar los siguientes aspectos:
    • Ventas directas sin intervención de ningún mediador de seguros, ni asignación de la comisión a persona alguna.
    • Venta por relación directa y exclusiva del inspector con los clientes, pero facilitada por alguna persona relacionada con la empresa, que ha de figurar con alguna de las categorías de mediador de seguros.
  2. Organización de las redes de mediadores. Esta es una de las funciones más específicas de los inspectores de producción. Se descompone, a su vez, en:
    • Selección, buscando en cada localidad o zona la persona adecuada para desempeñar la función de mediación.
    • Capacitación, preparándola en las normas contables, administrativas y técnicas de la empresa y, sobre todo, en el conocimiento actualizado de los ramos del seguro a que se va a dedicar.
    • Ayuda inicial para la consecución de operaciones, que puede considerarse como capacitación práctica para su labor, frente a la anterior, meramente teórica.
    • Colaboración ocasional, con un mediador ya en pleno funcionamiento, para operaciones especiales por su dificultad, complejidad u otras circunstancias.
  3. Enlace entre el mediador y la entidad aseguradora. En este sentido, el inspector de producción lleva a cabo una labor casi de relaciones públicas, atendiendo los problemas y necesidades del mediador de seguros y trasladando a la entidad aseguradora sus sugerencias y peticiones.
  4. Fomento de la producción de los mediadores. Esta función es la más desarrollada en la actualidad, aún cuando el ideal del inspector de producción sea que desempeñe las funciones antes señaladas de capacitación y lanzamiento de mediadores de seguros, y no las de simple tutor permanente de los mismos.