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Diccionario de seguros

acuerdo de salvamento del Lloyds (Lloyd's salvage agreement)

En Seguro Marítimo, aquel que se establece entre el capitán de un buque (en nombre de sus armadores) y un contratista de salvamento, en virtud del cual este se compromete a hacer cuanto pueda para salvar el buque y/o la carga, bajo el principio en que, si no hay salvamento, no se paga.