Cooperativas de crédito, cuyo objeto social es servir a las necesidades financieras de sus socios y de terceros mediante el ejercicio de las actividades propias de las entidades de crédito. Su ámbito operativo puede ser local, comarcal, provincial o nacional, y generalmente fueron promovidas por cooperativas agrarias. Originariamente desempeñaron un papel casi exclusivo en la financiación del sector agropecuario y del medio rural en general, en todas las comarcas y provincias españolas. Actualmente pueden llegar a realizar operaciones financieras y crediticias asimilables a las ofrecidas por cualquier otra entidad del sector bancario. Sólo las cooperativas de crédito cuyo objeto principal consista en la prestación de servicios financieros en el medio rural podrán utilizar, conjuntamente o por separado de la denominación cooperativa de crédito, la expresión Caja Rural.