Bajo esta denominación (importada del mercado de seguros norteamericano) y otras asimilables en materia laboral, se otorga cobertura a las responsabilidades resultantes de comportamientos contrarios a las relaciones laborales que se traducen en daños patrimoniales a trabajadores o aspirantes a serlo, pero también daños morales o la integridad personal.
Las pólizas describen distintos supuestos que pueden ser objeto de estas demandas, que, al dirigirse también contra la sociedad, adquiere la consideración de asegurado:
- Despido o extinción improcedente del contrato de trabajo.
- Incumplimiento del contrato de trabajo verbal o escrito.
- Falsedad relacionada con el empleo.
- Incumplimiento de leyes contra la discriminación laboral.
- Acoso en el lugar de trabajo (mobbing, boxing), incluyendo el sexual.
- Privación injustificada de promoción o ascenso profesional.
- Aplicación injustificada de medidas disciplinarias.
- Privación injustificada de oportunidades profesionales.
- Evaluación o retención negligente. Invasión de la intimidad.
- Difamación, humillación o calumnia relacionada con el empleo.
- Falta de ocupación efectiva.
- Represalias.
- Modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
- Privación de una carrera profesional.