Se da este nombre a la concurrencia de determinados elementos de producción (oferta) en un mercado o en un sector concreto de este, para distinguirla del régimen de monopolio (véase mercado).
En sentido figurado, se denomina competencia en el mercado de seguros al conjunto de entidades distintas a la propia, que operan en los mismos ramos o en la misma zona.
En lenguaje procesal, es la atribución a un tribunal o autoridad para enjuiciar o conocer de un determinado asunto.
En el ámbito laboral, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) lo define como «la capacidad de un trabajador para desempeñar las tareas inherentes a un empleo determinado».
Una competencia se puede caracterizar por su nivel (en función de la complejidad y de la diversidad de las tareas) y por su especialización (en función de la amplitud de los conocimientos exigidos, los útiles y máquinas utilizados, el material sobre el cual se trabaja o con el cual se trabajó, así como la naturaleza de los bienes y servicios producidos).
Diccionario de seguros