En seguro de vida, acción por la que una compañía de seguros cancela los pagos de primas de un asegurado; p. ej. cuando haya estado incapacitado, al menos seis meses, el asegurado recibirá una renta mensual del 1% del valor facial de la póliza, permaneciendo esta en vigor, manteniendo el crecimiento de su valor de caja y pagando participación en beneficios en el caso de que sea una póliza de participación, como si el asegurado continuase realizando pagos de prima.