Es el que accede al Consejo de Administración de una Compañía por ser titular o representar a los titulares de paquetes accionariales de la Sociedad que por su volumen tienen capacidad de influir por sí solos, o por acuerdos con otros, en el control de la Sociedad. Es un consejero externo (no ejecutivo). Véase consejero externo y consejero independiente.