Resolución del poder ejecutivo que va firmada por el Rey (Real Decreto) en las Monarquías constitucionales, o por el Presidente en las Repúblicas, con el refrendo de un ministro, generalmente el del ramo al que la resolución se refiere, sin cuyo requisito carece de validez. Constituye el medio de desarrollar la función administrativa que compete a los distintos ministerios.