Según el Derecho Penal español su tipificación viene dada por: la conducción de un vehículo de motor, bien bajo el efecto de bebidas alcohólicas o drogas, o bien con temeridad manifiesta que ponga en peligro concreto la vida, integridad o bienes de las personas, como por la generación de un riesgo grave para la circulación alterando la seguridad del tráfico al colocarse obstáculos en la vía, derramar sustancias deslizantes o inflamables, modificar o dañar la señalización y no restablecer la seguridad de la vía cuando haya obligación de hacerlo.