Recargo en la prima autorizada en su día (en España) por los organismos públicos competentes a las entidades de seguros, destinado a compensar el incremento en sus gastos de personal, consecuencia de mejoras salariales, y encaminado a hacer innecesario un aumento en las tarifas. Actualmente ha desaparecido al exigirse legalmente que su importe quede integrado en las primas de la entidad aseguradora.