Diccionario de seguros

eximentes (exemption, exception)

Son circunstancias de exención de la responsabilidad penal por la comisión de un delito (enajenación mental, minoría de edad penal 18 años, obrar por fuerza irresistible o miedo insuperable, o con alteración grave de la conciencia de la realidad por ingestión de diversas sustancias, y actuar en legítima defensa (véase). Si tales circunstancias se producen con todos los requisitos establecidos por la ley, se denominan eximentes completas y si carecen de alguno de ellos se conocen como atenuantes (véase).