Exposición incorrecta, imprecisa o inexacta efectuada por el asegurado o contratante respecto al objeto asegurado o a sus características; también puede afectar la falsa declaración a las circunstancias que han concurrido en un accidente o a las consecuencias de él derivadas.
En el primer caso, la falsa declaración persigue fundamentalmente desvirtuar la propia naturaleza del riesgo de forma que la entidad aseguradora, al considerar que este es inferior al que verdaderamente corresponde, aplique una prima más baja que la debida u otorgue una cobertura superior a la oportuna; en el segundo caso, el fin que se persigue con ella es lograr la admisión de un siniestro, que de otro modo seria total o parcialmente rehusable, o conseguir del asegurador una indemnización más elevada que la correcta.
En ambos casos, la falsa declaración implica ajustar retroactivamente los términos del contrato al contenido que realmente le correspondería e incluso, si se prueba la mala fe del asegurado, puede suponer la rescisión de la póliza y la pérdida del derecho a la indemnización. Véase indisputabilidad y declaraciones del asegurado.