La impuesta judicialmente con el fin de asegurar el cumplimiento de una obligación de reparación económica de los daños y perjuicios. Es una cobertura que adquiere una extraordinaria relevancia en el seguro D&O y puede prestarse mediante el depósito del importe de la fianza por el asegurador con cargo al límite de la suma asegurada, o bien asumiendo los gastos de constitución que corren por cuenta del asegurador por el coste derivado de la obtención por el asegurado de una garantía financiera a su favor para constituir la fianza, que no es constituida por el asegurador.