Será el que, a tal efecto, se establezca en la propia póliza; si no hubiere en ella determinación específica, se entenderá normalmente que el pago de la prima ha de efectuarse en el domicilio del tomador del seguro.
Será el que, a tal efecto, se establezca en la propia póliza; si no hubiere en ella determinación específica, se entenderá normalmente que el pago de la prima ha de efectuarse en el domicilio del tomador del seguro.